Salvamento de voto al Auto 159A 03Referencia: expediente ICC-711Peticionario: Lucia Mercedes Bustamante HernándezTal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse amp1tamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERIAMagistrado ---pies de página--- Ver, entre otros, los Autos 067 de 2003, 074 de 2002 y 044 de 1998 Ver entre otras, las sentencias C-624 de 2003, C-642 de 2002, T-460 de 1997, T-327 de 1994 y T-454 de 1992
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado